este Tribunal Unipersonal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con sede en la Ciudad de Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara que el ciudadano: JOSÉ ÁNGEL ARAGUACHE LEMUS, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° 24.739.793, residenciado en el Sector Vaca vía Cumaná - Cumanacoa, Estado Sucre, es CULPABLE de la comisión del delito de de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN MODO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 primer aparte del Código Penal en concatenación con el artículo 84 numeral 3, primer aparte ejusdem, en perjuicio del ciudadano VISQUEL DAVID MALAVE y del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO FRUSTRADO EN MODO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 con concordancia con los artículos 80 segundo aparte, artículo 82 y artículo 84 numeral 3, todos del Código Penal en perjuicio del ciudadano HERNIN LUIS .....