este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA, de conformidad con lo establecido en los artículos 256, numerales 3 y 4, del Código Orgánico Procesal Penal, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra de los imputados Richard Marklin Marín González, venezolano, de 27 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.486.067; soltero, nacido en fecha 15/02/1984, natural de Cumaná, de oficio esteticista, hijo de Grisel Del Carmen Marín y Oneiber García; y residenciado en la Avenida Cumaná-Cumanacoa, frente al Colegio Nuestra Señora del Valle, Quinta Nazaret, Municipio Sucre del Estado Sucre, teléfono: 0414-775.83.60; Grisel Del Carmen Marín González, venezolana, de 50 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.444.362; soltera, nacida en fecha 31/03/1961, natural de Caracas, de oficio esteticista, hija de Carmen Gon.....