En consecuencia, de conformidad con los argumentos antes expuestos, se ADMITE el Recurso de Casación interpuesto en fecha 21/04/2025 por el ciudadano Cruz Rafael Farías Yáñez, titular de la Cédula de identidad N° V-4.293.596, asistido por el Abogado Carlos Meneses, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.874, parte demandada en el presente Juicio, contra la sentencia dictada por este Juzgado Superior en fecha 09 de Abril de 2025.- Así se decide.-
De conformidad con lo previsto en el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil, se deja expresa constancia que el último día para anunciar el Recurso de Casación según el calendario Judicial de este tribunal, fue el día 09 de Mayo de 2025.-
Publíquese, Regístrese, Edítese en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia. Déjese copia y Remítase con oficio el expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, previa revisión de foliatura, firmas y sellos.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho .....