ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve: vista la admisión de los hechos objetos del proceso establecidos en la acusación fiscal y solicitud por el imputado CRUZ MIGUEL ROMERO, venezolano, nacido en fecha 24-05-67, de 41 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.376.251, de estado Civil casado, natural de esta Boqueron, estado Sucre, de profesión AGRICULTOR, hijo de CRUZ AGUILERA y NARCISA ROMERO, residenciado: Caserio Apamate, casa numero 8, Parroquia San Lorenzo Municipio Montes, Estado Sucre, por estar incurso en la comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el articulo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de MAYRA ALEJANDRA RENGEL RENGEL, de conformidad al artículo 43 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal, PASA A SUSPENDER EL PROCESO PO.....