Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Sexto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda conceder un plazo prudencial de treinta (30) días para que la Fiscal del Ministerio Público presente el acto conclusivo de la investigación, en la causa seguida a los ciudadanos RAÚL RAFAEL RODRÍGUEZ GUTIÉRREZ, venezolano, natural de Cumaná, titular de Cédula de Identidad N° 10.466.240, nacido en fecha 31-12-1966, de 42 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio pescador, domiciliado en el Sector Boca de Río, por el Dique, Navinca, casa sin número, Cumaná, Estado Sucre; y MARWIN RAFAEL RODRÍGUEZ RENGEL, venezolano, natural de Cumaná, titular de Cédula de Identidad N° 15.112.126, nacido en fecha 20-08-1979, de 30 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio pescador, domiciliado en el Sector Boca de Río, por el Dique Navinca, casa sin n.....