ORDENA LA APREHENSION del ciudadano ENDER DOUGLAS NUÑEZ RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad 17.407.197, nacido en fecha: 02-09-1982, de profesión u oficio tapicero, residenciado en: Quinta Calle del lirio, casa N° 256, Carúpano Estado Sucre, por su falta de comparecencia al acto de Audiencia Preliminar en reiteradas oportunidades, poniéndose de manifiesto el peligro de fuga y obstaculizando así el fin último del proceso que es la materialización de la justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 ordinales 1ero., 2do. , 3ero. del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 44 ordinal 1ero de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, una vez detenido sea puesto a la orden de este Tribunal Tercero de Control, y recluido en el Internado Judicial de esta ciudad, a los fines de proceder a fijar el acto de Audiencia Preliminar.