este TRIBUNAL CUARTO EN FUNCIONES DE CONTROL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara sin lugar la solicitud fiscal y con lugar la solicitud de la defensa y decreta la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a favor del ciudadano CÁNDIDO JOSÉ RONDÓN, Venezolano, de 34 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.816.496, de estado civil casado, natural de Cumana, nacido en fecha 17-04-1977, de profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos Emiliana Rondón y Candido Rodríguez, residenciado en la Urbanización la Llanada, Sector 01, Vereda 20, Casa Nº 13 (detrás del gimnasio), de esta ciudad de Cumaná Estado Sucre, teléfono 0412-868-7053. Se ordena la Libertad Inmediata del imputado la cual se hace efectiva desde la propia sala de audiencias, dejándose constancia que se encuentra en buen estado físico. Líbrese boleta de libertad, adjunta a oficio dirigido al Instituto de Policía del Municipio Sucre del Estado Sucre. Remítanse las actuaciones cor.....