Por todo lo anterior, este Tribunal Tercero de Control, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, acuerda el Cese de la Medida Cautelar, de presentación periódica ante el Alguacilazgo, a los ciudadanos JOSÉ ALBERTO CONTRERAS PÉREZ, venezolano, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 25.249.548, nacido en fecha 17/07/1994, natural de Cumaná, soltero, de oficio mecánico, hijo de Teodolis Pérez y José Contreras, residenciado en Calle Buena Vista, Sector Quinta San José, Casa S/N, cerca de la Escuela Eutimio Rivas, a cincuenta metros aproximadamente, casa de color rosada, Cumaná, Estado Sucre; teléfono 0424-8157551; y ALEXANDER JOSÉ FIGUERAS CASTAÑEDA, venezolano, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.574823, nacido en fecha 10/03/1991, natural de Cumaná, soltero, de oficio funcionario del CICPC subdelegación El Tigre, hijo de Aníbal Figueras y Gilda Castañeda, residenciado en Sector Buena Vista, Calle Buena Vista, Casa N° 3, Cumaná, Estado.....