y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre un lote de las bienhechurías fomentada en un lote de terreno o parcela propiedad del P.D.V.S.A. PETRÓLEO, S.A., ubicada en sector Comisaría de Río de Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, en una extensión de 46,40 Hectáreas y Cuyos Linderos son los Siguientes: NORTE: Rió Guaraguara; SUR: Parcela que es o fue de RICHARD MARTÍNEZ; ESTE: Parcela que es o fue de RICHARD MARTÍNEZ y FERMIN GONZÁLEZ OESTE: Parcela que es o fue de FERMÍN GONZÁLEZ; y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos por ante el Juzgado del Municipio Valdez del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, los ciudadanos: MANUEL ALCALÁ, AGRIPINO PROSPERT y VÍCTOR EDUARDO CENTENO, venezolanos, mayores de edad, con domicilio en Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 1.301.766, 5.906.589 y 3.013.808, respectivamente, se demuestra el derecho.....