Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso, y establece como condiciones a cumplir por el ciudadano Gabriel José González, venezolano, de 38 años de edad, nacido en fecha 05-01-68, Cédula de Identidad Nº 10.884.309, de profesión u oficio Conserje, y domiciliado en el sector playa copey, primera entrada de Mareca, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre; durante el plazo de un (01) año, las siguientes: 1.- La Presentación Periódica por ante la unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial cada tres (03) meses; 2.- Abstenerse de agredir física, verbal y psicológicamente a la víctima, sea de forma directa o indirecta, durante el tiempo que dure el Régimen de Prueba; todo de conformidad con lo establecido en los artíc.....