Por los razonamientos antes expuestos, Este Tribunal Tercero De Control Del Circuito Judicial Del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia En Nombre De La República Y Por Autoridad De La Ley, Decreta La Privación Judicial Preventiva De Libertad, contra los imputados JOSÉ DAYAN MATA HERNÁNDEZ, de 20 años de edad, nacido en fecha 12-06-93, natural de Cumaná, titular de la cédula de identidad N° V-20.712.944, soltero, de oficio ayudante de despacho, hijo de José Jesús Mata Vizcaíno y Dayana del Carmen Hernández Díaz, residenciado en la calle Cajigal, cruce con Puerto Rico, casa N° 123, detrás de la Pollera "EL GORDO", Cumaná, Estado Sucre; teléfono 0293-432.06.76; y BETZABETH DEL VALLE MARTÍNEZ GONZÁLEZ, de 28 años de edad, nacida en fecha 13-06-85, natural de Cumaná, titular de la cédula de identidad N° V-17.212.226, soltera, de oficio camarera, hija de Urbano Rafael Martínez y Elizabeth de Jesús González, residenciada en la calle Sarmiento, sector Puerto España, casa N° 62, ce.....