DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, dada la solicitud de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, y considerando este Despacho que concurren los extremos exigidos en el artículo 250 numerales 1°, 2° y 3°, artículo 251 numerales 2°, 3°, 4º y 5º y Parágrafo Primero, 252 0rdinal 1º y 2º todos del Código Orgánico Procesal Penal para la procedencia de la Privación Judicial Preventiva de Libertad, se AUTORIZA LA APREHENSION al ciudadano GREGORY JOSE LISTA SANDOVAL C.I 15.883.973, residenciado en la urbanización canchunchu viejo, sector la Ceiba, calle dos, casa sin numero, Carúpano, estado sucre, por considerar que existen fundados elementos de convicción en las actuaciones para estimar que han sido autores o participes en el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL previsto y sancionado en el articulo 406, Del C.....