Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, a favor de los imputados ANDRES ANTONIO BETANCOURT BELLO, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 12.659.395, licenciado en educación, natural de Cumaná Estado Sucre, fecha de nacimiento 26-02-1975, edad 39 años, hijo de los ciudadanos Carmen Bello y Andrés Betancourt, domiciliado en San Antonio del Golfo, Calle San José, casa número 26, a cien metros de la escuela Luisa Blanco de Ramírez, Municipio Mejías del Estado Sucre, teléfono 0426-2840448, y ANDRES EDUARDO BETANCOURT BELLO, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 19.762.628, estudiante, natural de Cumaná Estado Sucre, fecha de nacimiento 29-11-1990, edad 24 años, hijo de los ciudadanos Carmen Bel.....