este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, en su Sala de Juicio, bajo decisión del Juez Nº 1, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO formulada por los ciudadanos SOLO YUSSEPI CEDEÑO y LISMEIRA MAGDALENA SALGADO CONSTANTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.076.676 y V-5.705.679, respectivamente, casados, cónyuges entre sí, y domiciliados en esta ciudad de cumanà, el primero de los nombrados en la Urbanización Fe y Alegría, Sector I, Vereda 46, casa Nº 10, de esta ciudad de cumanà, Municipio Sucre del Estado Sucre, y la segunda domiciliada en la Urbanización El Barbudo, Manzana 81, casa Nº 5, Municipio Sucre del Estado Sucre, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 184 del Código Civil, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL existente entre ést.....