De lo expuesto por la parte demandante ciudadana: ADRIANA CAROLINA GARCIA, venezolana, anteriormente identificada, y atendiendo lo establecido en las normas antes transcritas y por cuanto manifiesta el referido ciudadano que DESISTE de seguir con el procedimiento, es por lo que este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sala de Juicio, Sede Cumaná, bajo decisión de la Juez Nro. 2, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, presentado por al ciudadana: ADRIANA CAROLINA GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-18.212.949 domiciliada en esta ciudad de Cumaná, en consecuencia precédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se da por terminada la presente causa