se acuerda imponer al imputado JESÚS GABRIEL VELÁSQUEZ, venezolano, de 30 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 19.081.277, natural de Cumaná, nacido en fecha 20-08-77, hijo de América Velásquez y Jesús Rojas, de estado civil soltero, de profesión u oficio lava carros, residenciado en el barrio Bolivariano, frente a la plaza, casa N° 16, calle principal, cerca de la redoma, Cumaná, Estado Sucre; a quien se le iniciara causa por la presunta comisión de uno de los delitos contemplados en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Yordalys Henríquez Guerra, como lo es el delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; consistente en prohibición de acercamiento a la ciudadana Yordalys Henríquez Guerra, así como a su lugar de residencia, centro de estudios o de trabajo y salida de la residencia de la misma; todo el.....