Por todos lo razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con los artículos 45 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el Artículo 48, ordinal 7° y 318 ordinal 3°, Ejusdem, declara la Extinción de la Acción Penal, seguida en contra los ciudadanos Gustavo Eduardo Ollarve Utreras, Venezolano, nacido el 22-11-73, Titular de la Cédula de Identidad N° 11.671.708 y Yamilet Trinidad Ortiz Torrealba, venezolana, nacida en fecha 13-06-72 y titular de la Cédula de Identidad N° 11.199.288 por el delito de Posesión ilícita de Estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad, y en Consecuencia, DECRETA el SOBRESEIMIENTO de la presente causa. Se instruye al secretario para que una vez transcurrido el lapso legal correspondiente se remita las prese.....