este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta Medida Cautelar Sustitutiva a la Privativa de Libertad, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8° del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del imputado EDWARS ALEXANDER RONDON ACOSTA, venezolano, de estado civil Soltero, de 30 años de edad, nacido en Guiria, Estado Sucre, en fecha 04/12/1980, titular de la cédula de identidad Nº 17.317.245, de profesión u oficio Chofer, hijo de Baris Rondón y Del Valle Acosta, domiciliado en marabal de Irapa, casa sin número, calle bolívar, parada caliente, Irapa, Municipio Mariño, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, en perjuicio de MARIA MILLAN ROJAS, consistente en la presentación DE DOS (02) FIADORES DE RECONOCIDA SOLVENC.....