Este TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL en presencia de las partes, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve: RATIFICA la decisión de Revocatoria de MEDIDA CAUTELAR, al imputado y decreta la PRIVACION DE LIBERTAD del ciudadano Wilmer José Campos, venezolano, 31 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro: V-18.580.930, residenciado Barrio Brasil, sector 1, vereda 5, casa 8, de esta ciudad., por su presunta participación en los delitos de ROBO AGRAVADO Y LESIONES, previsto y sancionado en los articulos 460 y 418 del código Penal Vigente para la ocurrencia de los hechos, determinándose como sitio de reclusión la Comandancia General de Policía de esta ciudad, sin que esto signifique que la media de coerción pueda ser revisada con posterioridad, tal como lo establece el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese boleta de encarcelación, oficio a la Comandancia Gene.....