este Tribunal Tercero De Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia En Nombre De La República Y Por Autoridad De La Ley, se DECRETA la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad con lo previsto en los artículos 358, 359, 360, 361 y 365 del Código Orgánico Procesal Penal, por un lapso de CUATRO (04) MESES, imponiendo a los acusados ANTONIO JOSÉ ALCALÁ CORDOVA, venezolano, de 37 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.009.767, de estado civil soltero, de ocupación pescador, natural de Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha 09-04-1978, hijo de los ciudadanos Andrés Alcalá y Mary Dilma Córdova, residenciado en el Barrio Los Cocos, sector La Bendición de Dios, casa N° 36, cerca de los chaguaramos, Cumaná, Estado Sucre, y NESTOR DANIEL GUTIERREZ GONZALEZ, venezolano, de 34 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.498.994, natural de Cumaná, nacido en fecha 27-03-1977, soltero, de oficio caletero, hijo de Simón J.....