DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente señalado, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA REVISIÓN Y SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA PRIVATIVA LIBERTAD de los imputados SANTOS TOMAS RIBERAS FARIAS, venezolano, natural de Guiria, 49 años de edad, nacido en fecha 22-09-1963, Titular de la Cedula de Identidad V-5.913.863, de profesión u oficio, obrero, hijo de Juan Riberas y Maria Santiaga Farias, residenciado en el sector las Malvinas, Calle sucre, casa n° 30, cerca de la bodega de "Arpidia", parroquia Guiria, Municipio Valdez,; y FIDEL DEL JESUS RIBERAS FARIAS venezolano, natural de Guiria, 37 años de edad, nacido en fecha 24-04-1976, Titular de la Cedula de Identidad V-14.611.986,de profesión u oficio, obrero, hijo de Juan Riberas y Maria Santiaga Farias, residenciado en el sector las Malvinas, Casa s/n, a 30metro del puen.....