Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Sexto Penal De Primera Instancia Estadales Y Municipales En Funciones De Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA ENTREGA MATERIAL PLENA Y SIN RESTRICCIONES ALGUNA al ciudadano WILMER GREGORIO ANZOLA OROPEZA, venezolano, mayor de edad, de estado civil casado, de ocupación operador de maquinaria pesada, titular de la cedula de identidad Nº 12866.384, residenciado la llanada sector 04, primera calle, casa Nº 17, de esta ciudad, del vehiculo MARCA DAIHATSU, MODELO: TERIOS COOL SIN, AÑO: 2005, COLOR: PLATA, SERIAL CARROCERIA: 8XAJ122G059518853, SERIAL DE MOTOR: 4 CILINDROS, CLASE: AUTOMOVIL, USO: PARTICULAR, PLACAS: RAL73G, TIPO: SPORT-WAGON; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 26 y 257 de Nuestra Constitución de la repúb.....