Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A efectuada por los ciudadanos MARÍA ISABEL RODRÍGUEZ HIDALGO y GONZALO JOSÉ MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, con cédulas de identidad Nos. V- 5.393.707 y V- 4.716.144, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio FRANCISCO RAFAEL MEDINA SALAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 45.449. En consecuencia: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, por virtud del Matrimonio Civil, celebrado por ante el Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Sucre, como se evidencia de la copia del original del Acta de Matri.....