CONDENA al ciudadano Alfredo José Machado Arrecialth, venezolano, de 23 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 20.063.295, de estado civil soltero, nacido Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha 08-02-1991, y residenciado en el barrio Campeche, Villa Victoria, calle 2, casa S/N, parroquia Santa Inés, municipio Sucre del Estado Sucre; a cumplir la pena de ocho (08) años de prisión, más las accesorias del artículo 16 del Código Penal; por la comisión de los delitos de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código penal, en perjuicio de los ciudadanos Niurka Coromoto Rengel Marín y Ronny Jose Rojas, y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 112 de la Ley para el Desarme y control de Armas y Municiones, en perjuicio del Estado Venezolano; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal; pena esta que terminará de cumplir aproximadamente en fecha 21/10/2022. Líbrese boleta de encarcela.....