Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 05, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA: Materializada la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, Bajo Caución Económica, a los imputados: FIDEL JOSE MARCANO MATA, Venezolano, natural de Irapa, 23 años de edad, nacido el 03/03/1995, soltero, profesión u oficio bachiller, titular de la Cédula de Identidad Número V- 25.944.605, hijo de Luís Fidel Marcano y Blanca Raquel Mata y residenciado en Campo claro, calle Román valecillo, casa s/n, cerca de la escuela Román Valecillo, Campo Claro, Municipio Mariño del Estado Sucre, y JOSE ENRIQUE MARCANO MATA, Venezolano, natural de Irapa, 27 años de edad, nacido el 09/06/1991, soltero, agricultor, titular de la Cédula de Identidad Número V- 23.701.143, hijo de Luís Fidel Marcano y Blanca Raquel Mata y residenciad.....