Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra de los imputados: Francisco José Rosal Farias, venezolano, mayor de edad, de 19 años de edad, natural de Río Seco, de profesión u oficio Obrero, nacido en fecha 15-02-1990, titular de la cédula de identidad Nº 24.133.234, hijo de José Rosal (F) y Felicita Farias, y residenciado en el Sector Los Cerritos, Calle Principal, Casa S/N, Río Seco, Municipio Cajigal del Estado Sucre, y Oscar Alfonso Farias Marcano, venezolano, soltero, mayor de edad, de 23 años de edad, natural de Río Seco, profesión u oficio agricultor, nacido en fecha 09-04-1987, titular de la cédula de identidad Nº 22.924.674, hijo de Gregorio Farias y Ceferina Marcano, y domiciliado en e.....