este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479 numeral 3° y 481 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA EXHORTAR al Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en la Ciudad de Maturín, para que imponga de la presente decisión al penado de autos, ALÍ JOSÉ MARTÍNEZ ALMEIDA, Titular de la cedula de Identidad N° 18.981.478, de 19 años de edad, residenciado en la Urb. La Llanada, sector1, vereda 08, casa S/N, de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre, para que ejerza respecto a él, las competencias conferidas en el numeral 3° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal.- Igualmente se deberá Informarse al Internado Judicial La Pica, Maturín, Estado Monagas, que se ha exhortado al Tribunal de Ejecución de aquel Circuito .....