Por todos los razonamientos expuestos este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA, de conformidad con lo establecido en el artículo 256, numeral 9, del Código Orgánico Procesal Penal, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD en contra de las imputadas YANEXI DEL CARMEN YNDRIAGO VARGAS, venezolana, natural de esta ciudad, de estado civil: soltera, de 38 años de edad, nacida en fecha: 07-10-1971, titular de Cédula de Identidad Nº 10.883.693, de profesión u oficio: del Hogar, residenciada en la: Calle Cuatro, Invasión 18 de Octubre, Casa S/N, frente al Estadio Gonzalo Márquez, Playa Grande Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre; y NORKARELIS VIRGINIA VARGAS, venezolana, mayor de edad, de 24 años de edad, natural de esta ciudad, nacida el 12-07-1986, titular de la cédula de identidad N° 17.622.592, hija de Norelis Indriago y Ped.....