este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Admitida como ha sido totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público en contra del acusado PEDRO LUIS GUZMÁN GONZÁLEZ, venezolano, de 39 años de edad, nacido en fecha 29-09-1968, titular de la Cédula de Identidad N° 15.530.904, de profesión u Oficio: Albañil, hijo de Fidela González y Víctor Guzmán, domiciliado en el sector San Francisco de Tunapuycito, calle principal, casa s/n , parroquia Tunapuicito, Municipio Benítez del estado Sucre, por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, tipificado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad, Decreta La Suspensión Condicional del Proceso por el periodo de Un (01) año, co.....