este Tribunal Segundo de Control ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a condenar al imputado RONALD RAFAEL GONZALEZ, venezolano, de 18 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 20.065.766, domiciliado en Guaracayal, casa s/n Municipio Bolívar del Estado Sucre, profesión u oficio estudiante, nacido en fecha 28-09-1988, hijo de José Conrado y Ayarit González, por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la colectividad, según lo establece el citado artículo tiene una pena de seis a ocho años de prisión, la cual se aplica de conformidad con lo establecido en el artículo 37 del código penal, en su termino medio es decir siete años de prisión. Ahora bien, por cuanto el acusado no presenta antecedentes penales y.....