este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA librar oficio al Cuerpo de Investigacio0nes Científicas penales y Criminalisticas, para que conjuntamente con funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, efectúen el traslado del penado ciudadano ALEXANDER ANTONIO APIZ MEJIAS, venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 24/04/1989, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.343.693, soltero, de profesión u oficio indefinido, hijo de los ciudadanos Aidet Mejias y Carlos Apiz, residenciado en Avenida Nueva Toledo, al lado de una Panadería y/o Barcelona, Barrio Brisas del Mar, calle San Cristóbal, casa n° 10, Estado Anzoátegui, desde el Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, donde se encuentra actualmente hasta el Internado Judicial de José Antonio Anzoátegui, Esta.....