este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, bajo Caución Juratoria, respecto del imputado ROBERT JOSÉ ORTEGA, venezolano, de 40 años de edad, nacido el 30/03/1971, natural de Bohordal, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.883.650, profesión u oficio: Agricultor, residenciado en: Sector las Charas, Casa S/N, Bohordal, Municipio Cajigal, Estado Sucre; debiendo este cumplir con las siguientes obligaciones: 1. Un régimen de presentaciones cada treinta (30) días por el lapso de seis meses, por ante la Comandancia de Policía de Yaguaraparo, Municipio Cajigal. 2. no ausentarse de la jurisdicción del Tribunal, presentarse ante el tribunal en las oportunidades que se le señale todo de conformidad con lo establecido en los artículos 256, numerales 3, 4 y 9; 259 y 260, todos del Cód.....