DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA: PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado JONATHAN DAVID ACOSTA, venezolano, natural de Maturin, Estado Monagas, mayor de edad, de 24 años de edad, nacido el 17-11-87, titular de la Cédula de Identidad Nº 18,172.567, profesión u oficio: Obrero, soltero, hijo de: Deivis Acosta y Luís Apolinar Vargas, Domiciliado en: Doña Menca N° 1, calle N° 9, sector el recuerdo, casa N° 17, Boqueron, cerca de la iglesia San Maturín, mas adelante del liceo Salvador Allendes; por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de Ocultamiento de Arma De Fuego, previstos y sancionados en el artículo 277 del Código Penal, y el delito de Aprovechamiento de Cosas provenientes del Delito.....