este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA IMPROCEDENTE, la solicitud planteada por el penado JOHAN LUÍS VÁSQUEZ BRITO, venezolano, de 34 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.318.274, natural de Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha 20/03/1978, de profesión u oficio agricultor y estudiante, residenciado en Santa María de Cariaco, Comunidad indígena Chaima, Los Mangos, Calle Lateral, Casa S/N°, a 20 mts de la bodega del Señor Edgar Arallán, Municipio Rivero del Estado Sucre, a través de la Defensora Pública Sexta, Abg. Yelyxzi Galanton, referida a que se autorice la asistencia al Caserío Los Mangos, Parroquia Santa Maria, Municipio Ribero, Estado Sucre, a los fines de participar en la Jornada Electoral pautada para el día 07 de Octubre del año 2011, donde fue seleccionado por el Consejo Nacional Electoral.....