este Juzgado Primero de Ejecución del Primer Circuito judicial del Estado Sucre, Ejecuta la sentencia dictada en la presente causa y Acuerda iniciar de oficio los trámites necesarios a objeto de que se cubran los requisitos exigidos en el Artículo 482 eiusdem para el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, al ciudadano LUIS DANIEL RAMOS ORTEGANO, venezolano, soltero, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 25.954.769, profesión u oficio Caletero, hijo de los ciudadano LUIS ANIBAL RAMOS y MARITZA ORTEGANO, domiciliado la Urbanización al Trinidad, H-3, casa Nro. 56 frente a la Escuela Bolivariana la Trinidad, de esta ciudad de Cumaná Estado sucre en el Barrio El Islote, avenida Principal, casa Nro 15, Cumaná-Estado Sucre, Teléfono de su concubina Dairys Urbina 0426-305-59-57, CONDENADO a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley establecida en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del.....