Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 06/02/2024

Formato:  Ficha  Lista

Paginas 1 2 Sig [Total de sentencias: 15] P�gina 1 de 2
N� Expediente : 7.679-24 N� Sentencia : 06 Fecha: 06/02/2024
Procedimiento:
Titulo Supletorio De Propiedad
Partes:
PIERO ISRAEL DIAZ HIGUEREY
Resumen:
´La BIENHECHURIAS posee un área total de terreno constante de una superficie de 6,40 mts2. Las Bienhechurías en referencia está constituida por un anexo el cual posee las siguientes características: paredes de bloques de cemento, frisadas con cemento, piso lisos pulidos, techo de láminas de asbesto; constituida por un (01) salón, con puertas fabricadas en hierro, ventanas fabricada en aluminio y vidrio, con sus respectivas rejas fabricadas en cabillas, consta igualmente con instalaciones de aguas servidas y aguas blanca, así como con sus instalaciones eléctricas, todas debidamente empotradas.- La BIENHECHURIAS tiene un área total de construcción de 18,60 mts2. En consecuencia, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETOR.....
Juez/Ponente:
Keina Martha Marcano Pérez
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito.
arriba

N� Expediente : 7.678-24 N� Sentencia : 05 Fecha: 06/02/2024
Procedimiento:
Titulo Supletorio De Propiedad
Partes:
LUIS ALBERTO VALDERRAMA TORCAT
Resumen:
´En tal sentido, procediendo de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del código de procedimiento civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, se declara bastantes y suficientes dichas actuaciones para asegurarle al solicitante ciudadano: LUIS ALBERTO VALDERRAMA TORCAT, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V- 5.884.874, sus derechos de propiedad que tiene sobre las BIENHECHURÍAS en referencia constituida por un inmueble, el cual se encuentra enclavada sobre una parcela de terreno del Municipal, ubicada en calle ciega al final, casa s/n, Sector Barrio Bolívar, San Martin, jurisdicción de la Parroquia Santa Rosa del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, con Número Catastral 19-05-04-02-22-13, la referida parcela de terreno tiene los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con calle Araure, con una medida en línea quebrada de (8,90 + 3,60mts); SUR: Con cerro El Imposible, co.....
Juez/Ponente:
Keina Martha Marcano Pérez
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito.
arriba

N� Expediente : 24-10.765 N� Sentencia : 03 Fecha: 06/02/2024
Procedimiento:
Divorcio Mutuo Consentimiento
Partes:
DAVID ALEJANDRO RONDON MILLAN Y KARLUZ KARINA MONTEVERDE.
Resumen:
Ahora bien, por cuanto en dicha solicitud se cumplieron los requisitos exigidos y de conformidad con la sentencia Nº 136 de fecha (30) de marzo de dos mil diecisiete (2017), Exp. Nº 2016-000479 de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, el cual es vinculante decidió:"cuando la causal de divorcio verse sobre el desamor, el desafecto o la incompatibilidad de caracteres, el procedimiento a seguir será el de la jurisdicción voluntaria, establecido en los artículos del 895 al 902 del Código de Procedimiento Civil, ordenando la citación del otro cónyuge (quien deberá comparecer representado o debidamente asistido de abogado) y del Fiscal del Ministerio Público, pues una vez expresada en los términos descritos la voluntad de disolver la unión matrimonial "...debe tener como efecto la disolución del vínculo...". En concordancia con la sentencia 1070/2016 supra transcrita de la Sala Constitucional, procedimiento en el cual fue suprimida la articulación probatoria, ya que tal.....
Juez/Ponente:
Vianett Marcano González
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito.
arriba

N� Expediente : 23-10.717 N� Sentencia : 07 Fecha: 06/02/2024
Procedimiento:
Divorcio Mutuo Consentimiento
Partes:
NEUDI GIOCONDA GARCIA RODRÍGUEZ Y LUÍS FELIPE RUIZ CAMPOS.-
Resumen:
Ahora bien, por cuanto en dicha solicitud se cumplieron los requisitos exigidos y de conformidad con la sentencia Nº 136 del (30) de marzo de dos mil diecisiete (2017), Exp. Nº 2016-000479 de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, el cual es vinculante decidió: "cuando la causal de divorcio verse sobre el desamor, el desafecto o la incompatibilidad de caracteres, el procedimiento a seguir será el de la jurisdicción voluntaria, establecido en los artículos del 895 al 902 del Código de Procedimiento Civil, ordenando la citación del Fiscal del Ministerio Público, pues una vez expresada en los términos descritos la voluntad de disolver la unión matrimonial "...debe tener como efecto la disolución del vínculo...". En concordancia con la sentencia 1070/2016 supra transcrita de la Sala Constitucional, procedimiento en el cual fue suprimida la articulación probatoria, ya que tal manifestación no puede depender de la valoración subjetiva que haga el Juez de la entidad de la.....
Juez/Ponente:
Vianett Marcano González
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito.
arriba

N� Expediente : 23-10.694 N� Sentencia : 04 Fecha: 06/02/2024
Procedimiento:
Divorcio Mutuo Consentimiento
Partes:
KATIUSKA MARIA VELASQUEZ CONTRA LUIS BELTRAN MAYZ DIAZ
Resumen:
Ahora bien, por cuanto en dicha solicitud se cumplieron los requisitos exigidos y de conformidad con la sentencia de fecha treinta (30) de marzo de dos mil diecisiete (2017), Exp. Nº 2016-000479 de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, el cual es vinculante decidió: "cuando la causal de divorcio verse sobre el desamor, el desafecto o la incompatibilidad de caracteres, el procedimiento a seguir será el de la jurisdicción voluntaria, establecido en los artículos del 895 al 902 del Código de Procedimiento Civil, ordenando la citación del otro cónyuge (quien deberá comparecer representado o debidamente asistido de abogado) y del Fiscal del Ministerio Público, pues una vez expresada en los términos descritos la voluntad de disolver la unión matrimonial "...debe tener como efecto la disolución del vínculo..." En concordancia con la sentencia 1070/2016 supra transcrita de la Sala Constitucional, procedimiento en el cual fue suprimida la articulación probatoria, ya que ta.....
Juez/Ponente:
Vianett Marcano González
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito.
arriba

N� Expediente : 23-10.737 N� Sentencia : 02 Fecha: 06/02/2024
Procedimiento:
Divorcio Mutuo Consentimiento
Partes:
EVELYN YANETH ALBINO DE VALLENILLA Y JOSE FRANCISCO VALLENILLA GARCIA
Resumen:
Ahora bien, por cuanto en dicha solicitud se cumplieron los requisitos exigidos y de conformidad con la sentencia Nº 136 de fecha (30) de marzo de dos mil diecisiete (2017), Exp. Nº 2016-000479 de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, el cual es vinculante decidió: "cuando la causal de divorcio verse sobre el desamor, el desafecto o la incompatibilidad de caracteres, el procedimiento a seguir será el de la jurisdicción voluntaria, establecido en los artículos del 895 al 902 del Código de Procedimiento Civil, ordenando la citación del otro cónyuge (quien deberá comparecer representado o debidamente asistido de abogado) y del Fiscal del Ministerio Público, pues una vez expresada en los términos descritos la voluntad de disolver la unión matrimonial "...debe tener como efecto la disolución del vínculo...". En concordancia con la sentencia 1070/2016 supra transcrita de la Sala Constitucional, procedimiento en el cual fue suprimida la articulación probatoria, ya que ta.....
Juez/Ponente:
Vianett Marcano González
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito.
arriba

N� Expediente : 23-10.695 N� Sentencia : 06 Fecha: 06/02/2024
Procedimiento:
Divorcio Mutuo Consentimiento
Partes:
ALBINA DE FÁTIMA MATA GÓMEZ Y ÁNGEL DAVID RONDÓN ZAPATA.-
Resumen:
Ahora bien, por cuanto en dicha solicitud se cumplieron los requisitos exigidos y de conformidad con la Sentencia Nº 1070, dictada con carácter vinculante por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 9 de diciembre de 2016, Exp. Nº 2016-000479 de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, el cual es vinculante decidió: "cuando la causal de divorcio verse sobre el desamor, el desafecto o la incompatibilidad de caracteres, el procedimiento a seguir será el de la jurisdicción voluntaria, establecido en los artículos del 895 al 902 del Código de Procedimiento Civil, ordenando la citación del otro cónyuge (quien deberá comparecer representado o debidamente asistido de abogado) y del Fiscal del Ministerio Público, pues una vez expresada en los términos descritos la voluntad de disolver la unión matrimonial "...debe tener como efecto la disolución del vínculo..."En concordancia con la sentencia 1070/2016 supra transcrita de la Sala Constitucional, pro.....
Juez/Ponente:
Vianett Marcano González
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito.
arriba

N� Expediente : 23-10.582 N� Sentencia : 03 Fecha: 06/02/2024
Procedimiento:
Divorcio Por Desafecto
Partes:
TIBISAY DEL VALLE LEVEL MAICAN CONTRA JUAN BAUTISTA RENGEL ZACARIAS
Resumen:
Ahora bien, por cuanto en dicha solicitud se cumplieron los requisitos exigidos y de conformidad con la sentencia de fecha treinta (30) de marzo de dos mil diecisiete (2017), Exp. Nº 2016-000479 de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, el cual es vinculante decidió: "cuando la causal de divorcio verse sobre el desamor, el desafecto o la incompatibilidad de caracteres, el procedimiento a seguir será el de la jurisdicción voluntaria, establecido en los artículos del 895 al 902 del Código de Procedimiento Civil, ordenando la citación del otro cónyuge (quien deberá comparecer representado o debidamente asistido de abogado) y del Fiscal del Ministerio Público, pues una vez expresada en los términos descritos la voluntad de disolver la unión matrimonial "...debe tener como efecto la disolución del vínculo..." En concordancia con la sentencia 1070/2016 supra transcrita de la Sala Constitucional, procedimiento en el cual fue suprimida la articulación probatoria, ya que ta.....
Juez/Ponente:
Vianett Marcano González
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito.
arriba

N� Expediente : 23-10.652 N� Sentencia : 07 Fecha: 06/02/2024
Procedimiento:
Divorcio (Falta De Afecto)
Partes:
JULIO CÉSAR VILLAFRANCA CONTRA YANETSY COROMOTO SÁNCHEZ ZAPATA.
Resumen:
Ahora bien, por cuanto en dicha solicitud se cumplieron los requisitos exigidos y de conformidad con la sentencia de fecha treinta (30) de marzo de dos mil diecisiete (2017), Exp. Nº 2016-000479 de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, el cual es vinculante decidió: "cuando la causal de divorcio verse sobre el desamor, el desafecto o la incompatibilidad de caracteres, el procedimiento a seguir será el de la jurisdicción voluntaria, establecido en los artículos del 895 al 902 del Código de Procedimiento Civil, ordenando la citación del otro cónyuge (quien deberá comparecer representado o debidamente asistido de abogado) y del Fiscal del Ministerio Público, pues una vez expresada en los términos descritos la voluntad de disolver la unión matrimonial "...debe tener como efecto la disolución del vínculo..." En concordancia con la sentencia 1070/2016 supra transcrita de la Sala Constitucional, procedimiento en el cual fue suprimida la articulación probatoria, ya q.....
Juez/Ponente:
Vianett Marcano González
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito.
arriba

N� Expediente : 23-10.738 N� Sentencia : 05 Fecha: 06/02/2024
Procedimiento:
Divorcio (Falta De Afecto)
Partes:
YARIANNYS SARAI NADALES NARANJO CONTRA DAVID RAFAEL CUMARE MAYORCA
Resumen:
Ahora bien, por cuanto en dicha solicitud se cumplieron los requisitos exigidos y de conformidad con la sentencia de fecha treinta (30) de marzo de dos mil diecisiete (2017), Exp. Nº 2016-000479 de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, el cual es vinculante decidió: "cuando la causal de divorcio verse sobre el desamor, el desafecto o la incompatibilidad de caracteres, el procedimiento a seguir será el de la jurisdicción voluntaria, establecido en los artículos del 895 al 902 del Código de Procedimiento Civil, ordenando la citación del otro cónyuge (quien deberá comparecer representado o debidamente asistido de abogado) y del Fiscal del Ministerio Público, pues una vez expresada en los términos descritos la voluntad de disolver la unión matrimonial "...debe tener como efecto la disolución del vínculo..." En concordancia con la sentencia 1070/2016 supra transcrita de la Sala Constitucional, procedimiento en el cual fue suprimida la articulación probatoria, ya que ta.....
Juez/Ponente:
Vianett Marcano González
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito.
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados