Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, otorga AUTORIZACIÓN JUDICIAL, en consecuencia AUTORIZA a la ciudadana ROSA ELENA FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 14.125.940, domiciliada en la Población de Merito, calle Principal, Casa S/N, Municipio Cruz Salmerón Acosta del Estado Sucre, para que pueda Tramitar ante entes públicos y privados todo cuanto beneficio le pueda corresponder a su hija, Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de cinco (05) años de edad, en virtud de la muerte del padre de ésta ciudadano JULIO CESAR MARCHAN NUÑEZ (d), quien era titular de .....