este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 513 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia declara JUSTIFICATIVO PARA QUE SEA INCLUIDO EN LA CARGA FAMILIAR del ciudadano CARLOS ENRIQUE PATIÑO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.276.909, domiciliado en la Autopista la Ensenada, Casa S/N, cerca de los Apartamentos Luis Mariano, TLF.0416-2849394, Cumaná, estado Sucre, la niña Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de nueve (09) meses de nacida