Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil formulada por los ciudadanos NELSÓN FABRICIO PEREDA MATA Y ADRIANNI DEL VALLE MARTINEZ VIZCAINO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.419.534 y 17.214.749, domiciliados el primero en el Barrio Ensal, Vereda Nº 06, Casa S/N, Parroquia Araya Municipio Cruz Salmerón Acosta, estado Sucre, y la segunda en la Calle Principal, Casa S/N, Manicuare Municipio Cruz Salmerón Acosta, estado Sucre, asistidos por el abogado PEDRO ANDRADE, inscrito en el IPSA N° 113.779.