Ante tales supuestos de hecho y de derecho, y llenos como están los extremos legales, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, nombra como CURADOR ESPECIAL, a la ciudadana LUCIA TERESA QUIJADA DE CORTEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.858.874, domiciliada en la Urbanización Fe y Alegría, Bloque 46, Apto 01-01, Cumaná, Estado Sucre, para que asuma la representación del adolescente: Se omite su nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la LOPNA , con relación a la compra del inmueble ubicado en la Urbanización Gran Mariscal de Ayacucho, 3º etapa, Edificio Nº 507, Bloque Nº 13, Apartamento Nº 1, Planta Baja, Parroquia Valentín Valiente, Cumana, Estado Sucre, El apartamento referido tiene una superficie aproximada de Sete.....