Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, intentada por la ciudadana DAIRYS MILAGROS VALLEJO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 9.973.919 y de este domicilio, contra el ciudadano ARTURO JOSE TONONI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 9.299.944, y de este domicilio, en consecuencia, deberá imperativamente cumplir como aporte por concepto de obligación alimentaría y demás beneficios para contribuir a la satisfacción de las necesidades de sus hijos, antes identificados, lo siguiente:
PRIMERO: El progenitor demandado, ciudadano ARTURO JOSE TONONI, deberá aportar para contribuir a la cobertura de la obligación alimentaría mensual de sus hijos Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Ni.....