REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
Cumaná, 16 de octubre del 2.006
196º y 147º

En cumplimiento a lo ordenado en el auto de admisión de la pieza principal, se abre el presente CUADERNO DE MEDIDAS, a los fines de proveer en relación a lo dispuesto en los artículos 351 y 360 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal de Protección conforme a la citada Ley y al Código Civil, establece como Medidas Provisionales las siguientes.

PRIMERO: LA PATRIA POTESTAD: será ejercida por ambos padres ciudadanos SENODIA MARGARITA NOGUERA y JESUS ANTONIO PEREZ BOLIVAR.-

SEGUNDO: GUARDA: será ejercida por la ciudadana: SENODIA MARGARITA NOGUERA.-

TERCERO: REGIMENDE VISITAS. Se regirá según lo establecido en decisión dictada en fecha 27/07/2.006, por ante el Tribunal Nº 2 de protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. -

CUARTO. OBLIGACIÓN ALIMENTARIA. Se regirá según lo establecido en decisión dictada en fecha 11/01/2.006, por ante el Tribunal Nº 2 de protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.-

Estas medidas Provisionales se mantendrán hasta que concluya el juicio, salvo que la parte demandada ciudadano JESUS ANTONIO PEREZ BOLIVAR, manifieste lo contrario, caso en el cual habrá contención y se seguirán los procedimientos previstos en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente para regulación de cada una de las instituciones familiares, abriéndose los respectivos cuadernos de medidas, sirviendo el presente cuaderno para la regulación de cada una de ellas.-
EL JUEZ Nº 1

ABOG. JESÚS SALVADOR SUCRE R.
LA SECRETARIA

ABOG. LUISA MARQUEZ RAMOS

EXP Nº TP1-2781-06
DIVORCIO 185 ORD 2º y 3º
JSSR/LMR/rafael