Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, EXTENSIÓN CARÚPANO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45 y 49 ordinal 7 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano VICTOR LUIS FERNANDEZ BELLO, quien dijo ser venezolano, de 18 años de edad, nacido en fecha 15-08-1995, de estado civil soltero, de oficio construcción, titular de la Cédula de Identidad Número V- 28.649.246, hijo de Enrique Fernández y Amanda Josefina Bello, residenciado en el Canchunchu viejo, sector la Torre, calle La Vega, casa sin numero, cerca de la segunda torre, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON previsto y s.....