REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
TRIBUNAL PENAL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL
Carúpano, 9 de Diciembre de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2012-000017
ASUNTO: RP11-P-2012-000017


SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO

En el día 17 de Noviembre de 2014., se constituyó en la Sala de Audiencias Nº 06, de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, el Tribunal Cuarto de Control, presidido por el Juez, Abg. Ysmenia Sofía Fernández y la Secretaria Judicial en funciones de guardia, Abg. Jennys Mata Hidalgo, a objeto de llevar a cabo la Audiencia Especial para Verificar Cumplimiento, en el presente asunto seguido en contra del imputado Preliminar en el presente asunto seguido en contra del ciudadano Rafael Del Valle Rodríguez, 51 años, titular de la cedula de identidad Nº 6.950.460, natural de Carúpano, nacido en fecha 30/04/1963, hijo de Cruz Maria Rodríguez y Porfirio González, residenciado en el sector valle Nuevo, de San Martín, calle Páez, casa Nº 53, cerca de la licoreria Tacarigua. Municipio Bermúdez Estado Sucre, por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de La Colectividad Acto seguido se verificó la presencia de las partes, encontrándose presentes: La Fiscal del Ministerio Público en Materia contra las Drogas, Abg. Dalia María Ruíz, y la Defensora Pública Abg. Amagil Colón. NO estando presente el acusado Rafael Del Valle Rodríguez.. Seguidamente la Juez da lectura al acta de la Audiencia Preliminar de fecha 14-05-2014 en la cual se le decreto la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO y establecieron como condiciones a cumplir durante el plazo de SEIS (06) meses, las siguientes: PRIMERO: Presentaciones cada 60 días el lapso de SEIS (06) meses por ante la Unidad de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Cumana, SEGUNDA: No cometer nuevos hechos delictivos.
EXPOSICION DE LA DEFENSA PUBLICA
Seguidamente la ciudadana Juez cede el derecho de palabra a la Defensa Pública Abg. Amagil Colón, quien expone: ‘ Revisado como ha sido el presente asunto y verificado por el Sistema Juris 2000, que mi representado cumplió de manera satisfactoria con las condiciones que le impuso el Tribunal en su oportunidad, es por lo que solicito Decrete el la Extinción de la Acción Penal y en consecuencia el Sobreseimiento de la Causa, por haber cumplido con las condiciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 47, 49 y 300 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Finalmente solicito copia del acta. Es Todo.
EXPOSICION FISCAL
Seguidamente el ciudadano Juez cede el derecho de palabra a la Fiscal del Ministerio Público, quien expone: Esta representación fiscal, oído lo solicitado por la Defensora Pública y verifico como ha sido por este Tribunal a través del Sistema Juris 2000, que el mismo cumplió con las condiciones que le impuso el Tribunal en su oportunidad, no me opongo a que el Tribunal Decrete la Extinción de la Acción Penal y en consecuencia el Sobreseimiento; es todo.
PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL
Seguidamente la ciudadana Juez, toma la palabra y expone: Celebrada en el día de hoy, Audiencia de Verificación de Cumplimiento de Condiciones impuestas con ocasión a la Suspensión Condicional del Proceso, decretada en fecha 14-05-2014, así mismo oído lo solicitado por la Defensora Pública y la no oposición por la Fiscal del Ministerio Público; este Tribunal pasa a decidir las peticiones de las partes de la siguiente manera: Este Tribunal observa que en fecha 14-05-2014, se celebró Audiencia Preliminar donde le fue concedido al imputado Rafael Del Valle Rodríguez, 51 años, titular de la cedula de identidad Nº 6.950.460, natural de Carúpano, nacido en fecha 30/04/1963, hijo de Cruz Maria Rodríguez y Porfirio González, residenciado en el sector valle Nuevo, de San Martín, calle Páez, casa Nº 53, cerca de la licoreria Tacarigua. Municipio Bermúdez Estado Sucre, la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de La Colectividad y se le establecieron como condiciones a cumplir durante el plazo de SEIS (06) meses, las siguientes: PRIMERO: Presentaciones cada 60 días el lapso de SEIS (06) meses por ante la Unidad de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Cumana, SEGUNDA: No cometer nuevos hechos delictivos y una vez verificado que el imputado de autos cumplió con las condiciones impuestas, tal como se evidencia de la revisión y verificado en el Sistema Juris 2000 y transcurrido el tiempo establecido para ello, es por lo que esta Juzgadora DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 ordinal 7º del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia DECRETA de conformidad con el articulo 300 numeral 3 ejusdem, EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA; a favor del ciudadano Rafael Del Valle Rodríguez, 51 años, titular de la cedula de identidad Nº 6.950.460, natural de Carúpano, nacido en fecha 30/04/1963, hijo de Cruz Maria Rodríguez y Porfirio González, residenciado en el sector valle Nuevo, de San Martín, calle Páez, casa Nº 53, cerca de la licoreria Tacarigua. Municipio Bermúdez Estado Sucre, la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de La Colectividad, Cesando así las condiciones bajo la cual se otorgó la Suspensión Condicional del Proceso. Y así se decide.-
DISPOSITIVA:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, EXTENSIÓN CARÚPANO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45 y 49 ordinal 7 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano Rafael Del Valle Rodríguez, 51 años, titular de la cedula de identidad Nº 6.950.460, natural de Carúpano, nacido en fecha 30/04/1963, hijo de Cruz Maria Rodríguez y Porfirio González, residenciado en el sector valle Nuevo, de San Martín, calle Páez, casa Nº 53, cerca de la licoreria Tacarigua. Municipio Bermúdez Estado Sucre, por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de La Colectividad; todo de conformidad con el artículo 300 numeral 3 ejusdem. Agréguese lo consignado por el imputado de autos a la presente causa. Notifíquese al acusado. Se acuerdan las copias solicitadas por las partes, debiendo las mismas efectuar las gestiones pertinentes para su reproducción. Remítase la causa al Archivo Judicial en su debida oportunidad legal. Quedan las partes notificadas de la presente decisión en esta misma sala, de conformidad con lo establecido en el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza Cuarta de Control

ABG. YSMENIA FERNÁNDEZ
La Secretaria Judicial

ABG. JENNYS MATA HIDALGO