este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano: ORLANDO JOSE RIVERA, venezolano, natural de Carúpano, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 9.457.967, de profesión u oficio: Obrero, nacido en fecha 31-10-68, de 41 años de edad, hijo de Bertha Rivera y Silvino Suniaga, y domiciliado en Charallave, calle Páez, vereda 04, numero 1285, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. Se califica como flagrante la aprehensión del ciudadano antes mencionado y que el procedimiento se siga por los trámites del procedimiento ordinario, todo de conformidad con los artículos 250 numerales 1, 2, 251 numerales 2, 3 y 252 Numeral 2, 248 y 373 todos del Código Orgánico Procesal Penal.