En consecuencia este Juzgado Quinto de Control administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la privación judicial preventiva de libertad al imputado REINALDO LUIS RODRÍGUEZ GARCÍA, venezolano, de 30 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.13.539.416, natural de Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha 01-05-76, soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el Barrio Mundo Nuevo, Calle Santa Inés, casa S/N, cerca del Bar Bejarano, Cumaná, Estado Sucre, hijo de Roselena García y Juan Vicente Rodríguez, a quien se le iniciara investigación, por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal vigente, en perjuicio de Yaneizi del Valle Córdova López. Se desestima la solicitud de medida cautelar sustitutiva solicitada por la defensa por todo lo antes fundamentado, conforme a los artículos 250 ordinales 1, 2 y 3, 251 Ord. 2 y.....