este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Municipal y Estadal en funciones de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO en la presente causa seguida al ciudadano JOSÉ ANTONIO MARIN PAISAN, venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-23.805.033, nacido en fecha 19/08/1993, de 19 años de edad, soltero, profesión u oficio panadero, hijo de Carmen Paisan y Manuel Marin, residenciado en el Barrio Cruz Salmeron Acosta, Calle Los Ángeles, casa S/N, detrás de la Policía del Estado, Cumaná, Estado Sucre, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Rosisris Beatriz Velásquez por el lapso de un (01) año, de conformidad con lo establecido en el articulo 43 del Código Org.....