este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, en presencia de las partes, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de La Ley, con fundamento en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, y conforme al artículo 256 numeral 3 ejusdem, acuerda sin lugar la solicitud fiscal, y decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD en contra del imputado ALBERY RAFAEL ARANAGAS ORTIZ, venezolano, de 29 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.268.172, de estado civil soltero, natural de Cumaná, nacido en fecha 25/06/1920, de profesión u oficio mecánico, residenciado en Cumanacoa, Sector La Manga, Calle Principal, Casa N° 28, frente a la Manga de Coleo, Estado Sucre; por la presunta comis.ión del delito Hurto Simple, previsto y sancionado en el Artículo 451 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Ronald José Geraldino Núñez; consistente en la presentación periódicas cada quince (15) días por ante el Juzgado del.....