este Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial penal del estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de la Fiscal Primera del Ministerio Público y otorga Medida Cautelar Sustitutiva a la privación de Libertad, para el imputado JHOAN MANUEL BUSTAMANTE HERNÁNDEZ, venezolano, natural de Cumaná, de 55 años de edad, de oficio obrero, nacido en fecha 22/12/76, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.660.965, hijo de los ciudadanos Iraima Hernández y Nerio Hurtado, residenciado la Urbanización Fe y Alegría, sector 01, las casas, vereda 38, casa Nº 023, cerca del Liceo La Técnica, Cumaná, Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de ROBO GENÉRICO, previsto y sancionado en el artículo 455 en concordancia con el 456, ambos, del Código Penal, en perjuicio de la Escuela Fe y Alegría; todo de conformidad con los artículos 250, 264 y 256 numeral 3, todos, del Cód.....