Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICION, planteada por la abogada ANADELI LEON DE ESPARRAGOZA, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 8.645.148, actuando con el carácter de Jueza Primera de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, de conocer la causa N° RP01-P-2007-000336, seguida a los ciudadanos MARTÍN JOSÉ DUCALLIN Y ARQUIMEDES LUIS PAZO ORTÍZ, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA Y HOMICIDIO INTENCIONAL FRSUTRADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA en perjuicio de los ciudadanos EDUARDO JOSÉ ANTON QUIJADA, DEIVIS REINALDO BETANCOURT CARREÑO (OCCISO), REINALDO JOSÉ BETANCOURT ROMERO y LA COLECTIVIDAD, conforme al numeral 8 del art.....